¿Prevaricación en la ley de nietos? Sofía Puente bajo investigación. Sofía Puente
Un juzgado de Madrid ha dado el primer paso formal al abrir diligencias preliminares contra Sofía Puente, hermana del ministro de Transportes, por un posible delito de prevaricación en la ley de nietos. La decisión judicial, adoptada por la magistrada Inmaculada Lova Ruiz, sitúa bajo escrutinio la instrucción que la entonces directora general de Seguridad Jurídica y Fe Pública firmó sobre la normativa de nacionalidad derivada de la Ley de Memoria Democrática. La querella de Hazte Oír, ya ampliada, sostiene que aquella resolución presuntamente alteró de forma deliberada el alcance de la norma y podría haber abierto la puerta a una modificación del censo electoral de residentes ausentes.
La Sección de Instrucción del Tribunal de Instancia número 35 de Madrid, con sede en Plaza Castilla, ha acordado trasladar el expediente a la Fiscalía y a las partes personadas para que se pronuncien sobre la admisión de la querella y las diligencias a practicar. No se trata todavía de una imputación formal. La jueza se limita a abrir el cauce para decidir si procede una investigación completa o el archivo. La acción popular, impulsada por Hazte Oír, aporta como séptimo indicio de dolo directo las informaciones que revelan una contradicción flagrante: en octubre de 2022 Sofía Puente defendió por escrito que la instrucción se ceñiría siempre al texto legal; días después, el 25 de ese mismo mes, firmó una autorización que dispensaba un requisito esencial de la norma.
Según la tesis de la querella, aquella decisión eliminaba la exclusión prevista para los descendientes de emigrantes por motivos económicos, ampliando de manera artificial el círculo de beneficiarios. La resolución administrativa, lejos de parecer un error o un descuido, exteriorizaría el conocimiento previo de la ilegalidad de lo resuelto. El procedimiento se ha enriquecido con nuevos elementos que apuntan a reuniones previas entre representantes del Gobierno y la Comisión de Derechos Civiles y Participación del Consejo General de la Ciudadanía Española en el Exterior. En aquel encuentro participaron consejeros de Argentina, Canadá, México, República Dominicana, Guatemala, Alemania, Reino Unido y Castilla y León. Las propuestas formuladas allí habrían terminado reflejadas en la instrucción firmada por Sofía Puente.
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Prevaricación en la ley de nietos y el riesgo de alterar el censo electoral
La ampliación de la querella no se detiene en la firma de la instrucción. Incorpora las advertencias emitidas por distintos consulados españoles sobre un posible uso fraudulento masivo de la normativa. Cada concesión de nacionalidad no solo otorga la condición de ciudadano español, sino que implica la inscripción automática en el Censo Electoral de Residentes Ausentes. Ese automatismo convierte cada expediente en un potencial voto más dentro del censo de ausentes, un instrumento que históricamente ha mostrado sesgos claros en favor de determinadas opciones políticas.
Resulta inevitable preguntarse si la interpretación expansiva de la ley respondió únicamente a criterios técnicos o si obedeció a una estrategia más amplia de reconfiguración demográfica y electoral. La petición de que declaren como testigos los ministros Félix Bolaños, José Manuel Albares y Ángel Víctor Torres eleva el listón de la investigación. La presencia de estos altos cargos en el procedimiento permitiría esclarecer hasta qué punto las reuniones con el Consejo General de la Ciudadanía Española en el Exterior influyeron en el contenido final de la instrucción.
La defensa de la legalidad no puede quedar supeditada a la conveniencia política. Cuando una resolución administrativa se aparta del tenor literal de la norma y, además, se produce apenas días después de que su firmante hubiera garantizado lo contrario por escrito, el principio de interdicción de la arbitrariedad de los poderes públicos queda en entredicho. La prevaricación administrativa, tipificada en el Código Penal, exige precisamente esa voluntad de dictar una resolución injusta a sabiendas. Hazte Oír sostiene que los indicios reunidos hasta ahora apuntan en esa dirección.
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La instrucción de Sofía Puente y las reuniones previas con el Consejo de la Ciudadanía Exterior
Los hechos se sitúan en la etapa en que Sofía Puente ocupaba la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública del Ministerio de Justicia. La querella le atribuye haber alterado el alcance inicialmente previsto por la Ley de Memoria Democrática de 2022. Aquella norma, presentada como un mecanismo de reparación histórica, se convirtió, según la acción popular, en un instrumento para ampliar de forma discrecional los supuestos de acceso a la nacionalidad.
La secuencia temporal resulta especialmente relevante. Poco antes de que se dictara la instrucción, tuvo lugar la reunión con representantes de comunidades españolas en el extranjero. Las aportaciones realizadas en aquel foro habrían sido valoradas por el Ministerio y, posteriormente, incorporadas a la resolución firmada por la entonces directora general. Este nexo temporal y de contenido constituye uno de los pilares de la ampliación de la querella.
No se trata de cuestionar el derecho de los descendientes legítimos de españoles a recuperar la nacionalidad cuando concurran los requisitos legales. Se trata de exigir que esos requisitos se apliquen con estricto respeto al texto aprobado por las Cortes. Cualquier ampliación administrativa que dispense elementos esenciales de la norma sin cobertura legal suficiente abre la puerta a la arbitrariedad y, en última instancia, a la manipulación de un censo que afecta directamente a la pureza del proceso electoral. La inscripción automática en el CERA convierte cada nacionalidad concedida en un electorado potencial cuya orientación ideológica no es neutral.
El papel de Hazte Oír y la necesidad de una investigación sin ambages
La asociación que ha impulsado la querella ha actuado con contundencia al aportar nuevos elementos documentales y periodísticos. Su escrito de ampliación no se limita a reiterar la denuncia inicial: incorpora hechos concretos sobre reuniones, advertencias consulares y la contradicción entre las declaraciones previas de Sofía Puente y la resolución finalmente firmada. Esa labor de vigilancia ciudadana resulta imprescindible cuando las instituciones parecen incapaces de corregir por sí mismas posibles excesos.
Este caso ofrece la oportunidad de debatir abiertamente sobre los límites de la memoria histórica convertida en herramienta de ingeniería electoral. ¿Debe una instrucción administrativa poder modificar de facto el alcance de una ley orgánica? ¿Es aceptable que el acceso masivo a la nacionalidad se traduzca automáticamente en derechos de voto sin controles reforzados contra el fraude? Estas preguntas no pueden quedar sepultadas bajo el discurso de la reparación.
La juez dispone ahora de la facultad de decidir si los indicios justifican una investigación formal. La Fiscalía y las partes personadas deberán pronunciarse. Mientras tanto, el procedimiento ya ha conseguido algo esencial: sacar a la luz pública un episodio que, de otro modo, habría permanecido en la opacidad administrativa. La transparencia exige que se dilucide si la prevaricación en la ley de nietos existió o no. Cualquier otra respuesta dejaría intacta la sospecha de que determinadas decisiones se adoptaron más por cálculo político que por respeto a la legalidad.